Mediante Resolución emitida el 11-nov-16, la Gerencia General de OSIPTEL multó con 5 UIT a NETLINE por la comisión de la infracción tipificada en el artÃculo 2º del Anexo 5 de las Condiciones de Uso, al haber incumplido lo establecido en el sétimo párrafo del artÃculo 43° del mencionado cuerpo normativo.
El proceso sancionador inició el 16-ene-15, fecha en que también OSIPTEL impuso una Medida Cautelar a NETLINE para que realice las acciones pertinentes a fin de que el mecanismo en lÃnea implementado para la presentación de reportes, reclamos, apelaciones, recursos y quejas, cumpla con los fines indicados en las Condiciones de Uso.
Obligaciones del artÃculo 43° de las Condiciones de Uso
Conforme lo establecido en el sétimo párrafo del artÃculo 43º y de la exposición de motivos de las Condiciones de Uso, se advierte que su finalidad es tutelar el derecho de reclamo de los abonados y usuarios mediante la implementación por parte de las empresas operadoras que cuenten con una página web, de un mecanismo en lÃnea que permita realizar lo siguiente:
- Presentar reportes de averÃa, reclamos, recursos de reconsideración, recursos de apelación, quejas y cualquier solicitud;
- Obtener una constancia de recepción, en la que se aprecie el texto del reporte, reclamo, recurso, queja o solicitud presentada con indicación del número o código de identificación del mismo;
- Imprimir constancia de recepción, asà como solicitar que dicha constancia sea remitida adicionalmente al correo electrónico que para tales efectos señale el reclamante.
La infracción y acción correctiva de NETLINE
Con relación a las actas de levantamiento de información correspondiente a las supervisiones realizadas en oct-14, OSIPTEL verificó que para la presentación de reportes, reclamos, recursos y quejas por medio de la página web de NETLINE (www.netline.net) se exigÃa al abonado o usuario presentar su solicitud desde su propia cuenta de correo electrónico, dirigiéndose directamente al correo: atencionalcliente@netline.net, lo cual a su vez no permitió obtener una constancia de recepción que contenga el número o código de identificación del reclamo.
OSIPTEL señaló que NETLINE no desconoció ni negó los incumplimientos detectados, por el contrario trató de demostrar a posteriori, la subsanación de su conducta infractora presentando las acciones y medidas realizadas.
En efecto, al dirigirnos actualmente a la web de NETLINE, podemos comprobar que dicha empresa ha establecido un portal de formularios en su web para realizar diferentes tipos de reportes.
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