OSIPTEL ha publicado un Proyecto de Reglamento Interno del TRASU (03-ago-17) que deroga los ROF previos del TRASU (cuya última modificación data del 2010) debido a cambios estructurales en la normativa de los últimos años, tales como la creación de la SecretarÃa Técnica para los Órganos Colegiados (2010), la promulgación del Reglamento de Reclamos de Usuarios (2015) y las últimas modificaciones al organigrama de OSIPTEL (2017), entre otros.
Esto significa que el mencionado proyecto no es una mera modificación del ROF del TRASU (tal  como ocurrió con las pasadas 4 modificaciones entre el 2003 y el 2010), sino que crea un nuevo instrumento.
Antecedentes
El ROF inicial del TRASU (2003) fue modificado en 2003, 2004, 2007 y 2010 (4 veces). Cabe rmencionar que dichas modificaciones no adicionan ni eliminan artÃculos, por lo que la estructura del ROF se mantuvo inalterada.
Mediante Decreto Supremo de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), se modifica el ROF de OSIPTEL, creándose la SecretarÃa Técnica para los Cuerpos Colegiados (2010).
En 2015 OSIPTEL publica el Reglamento de Reclamos de Usuarios (ver artÃculo), derogando la Directiva de Reclamos de Usuarios en las que se basaba los ROF del TRASU previos.
En el interino, entre el 2012 y 2015, se crearon varias Salas Unipersonales en distintos departamentos del paÃs.
Adicionalmente, en 2013 OSIPTEL publica el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones (RFIS), que establece que el TRASU es quien impone las sanciones provenientes de reclamos de usuarios.
Finalmente, en 2017 OSIPTEL modificó su ROF, incorporando nuevas áreas a su organigrama (ver artÃculo).
Dados los cambios estructurales mencionados, OSIPTEL ha decidido promulgar el nuevo instrumento que regula el régimen interno del TRASU.
Principales modificaciones
La estructura del nuevo Reglamento comparado con el anterior ROF puede verse en la figura siguiente.
Las principales modificaciones son las siguientes:
- Conformación y competencia de las Salas del TRASU
Establecer la competencia asignada a cada tipo de Sala que integra el Tribunal: Salas Colegiadas, Salas Unipersonales y Salas Personales Desconcentradas
- Lugar de las sesiones de votación
Considerar el uso de distintos medios no presenciales (v.g. telefónico o electrónico) para las sesiones de votación de las Salas Colegiadas y de Sala Plena
- Presidencia de las Salas Colegiadas
Actualmente, ante la ausencia del Presidente de una Sala Colegiada, se requiere la firma en las resoluciones de todos los vocales asistentes a la sesión.
Por tanto, se estima adecuado nombrar a un Vicepresidente en cada una de las Salas Colegiadas.
- Nombramiento de los Vocales del TRASU
Se propone establecer la renovación por tercios de los Vocales del TRASU.
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